Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza
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Opinión
25/07/2011
La Ley 30/2007, de Contratos del Sector público pretendía establecer una nueva regulación en los procedimientos de adjudicación así como en la ejecución y control que fuera compatible con el derecho comunitario y facilitara la gestión administrativa (y ello justifica y explica la nueva y diversa estructura de la LCSP). Un reto de gran significado dado el carácter estructurante, en palabras de M. CARLON, de la legislación de contratación pública, así como de la incidencia en el diseño y puesta en práctica de políticas públicas.
Nuestros colaboradores
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Jefe de la Unidad Operativa de Contrataciones N° 40/31 “Obra Pública”. Jefe del Departamento Control de Gestión. Miembro Titular de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Ministerio de Defensa de la Republica Argentina. -
Jefe de la Asesoría Jurídica de la Consejería de la Presidencia. Gabinete Jurídico. Junta de Andalucía. -
Interventor-Tesorero de Administración Local con Habilitación Nacional. -
Abogada. -
Ingeniera Industrial con experiencia en Administración de Contratos, Planificación, Contratación y Compras de PDVSA -
Subdirector General Adjunto de Fomento a la Innovación Empresarial -
Consultor estratégico para la innovación ATF, Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias.


