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ObCP - Opinión
Servicios jurídicos, intervención y contratación pública

La normativa de contratación pública ha experimentado en los últimos años una sucesión de reformas.

31/10/2016

La normativa de contratación pública ha sufrido en los últimos años numerosas reformas que no han evitado el que se hayan multiplicado los casos en los que se han denunciado prácticas corruptas en esta materia que han tenido un enorme impacto mediático y generado en la sociedad una idea en cuanto que la contratación pública está especialmente expuesta a la corrupción.

Frente a ello se han formulado múltiples propuestas legales tales como una respuesta penal a estos problemas que presenta importantes problemas como son su escasa eficacia preventiva, la excesiva duración de estos procedimientos y los efectos denigrantes que tiene hacia todos los que son involucrados en estos procedimientos independientemente que sean finalmente condenados o no.

Otras propuestas consisten en proponer la creación de nuevos órganos que estarían destinados a luchar genéricamente contra la corrupción o bien tratarían de refundir competencias anteriormente atribuidas a otros servicios administrativos si bien los nuevos órganos estarían dotados de especiales garantías de independencia.

Sin embargo, suele olvidarse que existen dos órganos encargados tradicionalmente de velar por la legalidad y la eficacia en la contratación pública como son los Servicios Jurídicos y la Intervención cuya importancia es los procedimientos de contratación es evidente.

Ahora bien, a la hora de reforzar la eficacia e independencia de estos servicios ha de destacarse el que sus titulares suelen ser nombrados con los mismos requisitos que cualquier otro alto cargo encargado de llevar a efecto el programa político del Gobierno que le nombra, lo cual choca con la función de la Intervención y de los Servicios Jurídicos de velar por los principios constitucionales de legalidad y de eficacia del gasto público.

Por ello cobra un especial interés el que en la Asamblea de Madrid se haya planteado la intervención parlamentaria en el nombramiento tanto del Interventor General como del Abogado General en el procedimiento legislativo que pretende la reforma del Estatuto de Autonomía con medidas de regeneración democrática tales como la eliminación de aforamientos y la reducción del número de diputados autonómicos.

Esta intervención parlamentaria también se planteó por dos grupos parlamentarios en la reforma del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid si bien finalmente se transaccionó su elección por un concurso objetivo a partir de un baremo que es delimitado por la Ley y aplicado por un órgano específico.

Esta intervención parlamentaria en la designación de estos altos cargos permitiría comprobar la idoneidad de los candidatos propuestos por el Gobierno y no presenta dudas de constitucionalidad en cuanto es la Ley la que configura el procedimiento y los requisitos para designar los altos cargos de la Administración y, con mayor autoridad, si se trata del Estatuto de Autonomía como norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma e integrante del bloque de la constitucionalidad.

Una designación con estas características unida a una aplicación más exigente de la normativa sobre función pública en el caso de letrados e interventores de tal forma que se motiven las libres designaciones, aumente el número de puestos a cubrir por concursos objetivos y se reduzcan al máximo los nombramientos provisionales permitiría una mayor eficacia de los Servicios Jurídicos y de la Intervención, tal y como demanda la ciudadanía.

Colaborador

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Carlos Yáñez Díaz
Letrado de la Comunidad de Madrid. Letrado secretario de la Comisión Jurídica Asesora.