Opinión
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sienta doctrina interpretando el artículo 19.1.a) de la LJCA. Así, sobre la base del principio pro actione, el Alto Tribunal reconoce la legitimación individual de cada uno de los miembros de una Unión Temporal de Empresas (UTE) para recurrir el acuerdo de adjudicación de un contrato.
Entendiendo contratación en el extranjero como aquellos procedimientos de licitación y adjudicación que se formalizan y ejecutan en el extranjero, y debiendo utilizarse si las particularidades de la ejecución en el extranjero, por su coste, destino, instalación y necesidades de conocimiento de los accesos de los países destinatarios del mismo, hacen más aconsejable la formalización en terceros estados.
Partamos de lo establecido en el artículo 101.2; En el cálculo del valor estimado deberán tenerse en cuenta, como mínimo, además de los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, otros costes que se deriven de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial.
Nuestros colaboradores
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Lector y Doctorando en Derecho Público, Universidad de Toulouse -
Abogado. Doctor en Derecho. Especialista en áreas relacionadas con el Derecho Procesal, Derecho Administrativo, Derecho Laboral, Derecho Penal de empresa y Derecho Civil y Mercantil. Miembro del Grupo de Investigación SEJ422 ESTUDIOS PROCESALES
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Socio de la firma NorAbogados, Servicios Jurídicos. -
Técnico de contratación pública -
Abogada. Mediadora -
Jefe del Servicio Central de Contratación. Generalitat Valenciana -
Counsel. Responsable del Área de Derecho Administrativo en Canarias. Abogado del Estado en excedencia.


