Opinión
Después de 28 largos años bajo la antigua ley general, Brasil gana una nueva legislación sobre contratación pública.
Artículo de opinión de Joaquín Tornos Mas, catedrático de Derecho Administrativo (UB), y Francesc Valdivia Poch, profesor de Derecho Administrativo (UB).
Se acaba de publicar la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética (LCCTE), BOE 21 de mayo 2021. Incluyo aquí un breve extracto (con algún añadido nuevo) de un trabajo más amplio que se encuentra en fase de publicación (“Cambio climático y contratación pública: estado de la cuestión y perspectivas de futuro”) 1.
Las organizaciones internacionales gozan de una serie de privilegios e inmunidades que les confieren sus acuerdos constitutivos o un tratado general. En base a estas estipulaciones, y con el objetivo último de garantizar su total independencia, gozan de inmunidad funcional, lo cual incluye la inmunidad frente a la jurisdicción de los Estados nacionales y una inmunidad general frente a las acciones legales en los tribunales nacionales. La realidad actual nos muestra, como expondremos, un escenario con inadecuados procedimientos de recurso interno, la imposibilidad de acudir a una jurisdicción o tribunal externo, y mecanismos de compensación insuficientes.
Nuestros colaboradores
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Técnico especialista en contratación pública en Licigal Contratación. -
Licenciado en Derecho con Premio Extraordinario. Licenciado en Ciencias de la Información. Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia. En la actualidad es Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Murcia.
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Abogado. Área de práctica de Derecho Administrativo y Sectores Regulados. -
Consejero del despacho de abogados Montero Aramburu -
Abogada Asociada Senior del Departamento de Contratación Pública y Litigación Administrativa de la Firma Jurídica VERUM&CO Abogados -
Abogado. Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha
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Socio en Legal Chances


