Opinión
Ni siquiera durante el mes de agosto el legislador cesa en su empeño de ir introduciendo remiendos en la 30/2007, de Contratos del Sector Público (LCSP). Y es que en efecto, la Ley 24/2011, de 1 de agosto, ha regulado los contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y la seguridad, transponiendo así la Directiva de la Unión Europea 2009/81/CE, de 13 de julio, sobre contratación en los sectores de defensa.
Con ocasión de la enésima modificación de la Ley de contratos del sector público, efectuada por la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad, se ha incorporado una importante prescripción que viene a limitar las posibilidades de control de las modificaciones de los contratos públicos cuyo novedoso régimen introdujo no hace mucho la Ley 2/2011, de Economía sostenible.
La transposición al derecho español de las Directivas Comunitarias en materia de recursos ha sido un tema tradicionalmente espinoso. Ya la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas de 1995, que supuso la adecuación de nuestra legislación contractual al ordenamiento jurídico comunitario recogido en las entonces vigentes Directivas sobre contratos de obras, suministros y servicios, justificó en su exposición de motivos la no incorporación de las Directivas de Recursos por dos razones, la primera por entender que la materia de recursos era ajena a la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y la segunda por entender que nuestro ordenamiento jurídico se ajustaba ya al contenido de esas Directivas de Recursos en distintas normas procedimentales y procesales vigentes en aquel momento.
La Ley 30/2007, de Contratos del Sector público pretendía establecer una nueva regulación en los procedimientos de adjudicación así como en la ejecución y control que fuera compatible con el derecho comunitario y facilitara la gestión administrativa (y ello justifica y explica la nueva y diversa estructura de la LCSP). Un reto de gran significado dado el carácter estructurante, en palabras de M. CARLON, de la legislación de contratación pública, así como de la incidencia en el diseño y puesta en práctica de políticas públicas.
Nuestros colaboradores
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Técnico Administración General (Rama Jurídica). Gabinete de Presidencia. Diputación Provincial de Zaragoza. -
Jefe de Sección de Gastos Generales de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres -
Secretario del Ayuntamiento de Badalona y secretario acumulado Mancomunitat intermunicipal del Penedès Garraf -
Jurista -
Socio Fundador del Estudio Zárate Abogados Asociados. Director Ejecutivo de la Sociedad Peruana de Derecho de la Contratación Pública - SCP. -
Profesor asociado de Derecho en la URJC -
Interesado en compra pública sostenible


