Opinión
Por fin, el Consejo de Ministros en su sesión celebrada el 25 de noviembre ha acordado laremisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, que transpone
la Directiva 2014/24.
La regulación de los conflictos de interés por la Directiva 2014/24 ha sido expuesta en numerosas ocasiones como uno de los grandes avances que incluía el nuevo paquete legislativo europeo.
Una obligación contractual esencial sería aquélla obligación que tiende a la determinación y concreción del objeto del contrato y que por tanto deriva del mismo.
El presente comentario busca proponer una respuesta a una cuestión con indudable trascendencia práctica que surge a la luz de ciertas Sentencias dictadas por el TJUE.
La incorporación de cuestiones sociales, medioambientales y laborales en la normativa de contratación pública para la consecución de otras políticas públicas de la Unión Europea se ha ido afianzando.
Los diputados tienen nada más que ocho días hábiles para formular enmiendas, con los puentes del día de la Constitución y de la Inmaculada por medio. Y esto me parece mal, suena a entender que el trabajo ya está hecho.
Conformado ya el nuevo ejecutivo en noviembre de 2016, y dado que era una de las acciones prioritarias del acuerdo político, se ha concluido ya el texto de Anteproyecto que ha sido aprobado en el Consejo de Ministros de 25 de noviembre de 2016.
El dilatado período de tiempo en el que el Gobierno de la Nación ha permanecido en funciones ha provocado que se pusiera fin a la arraigada costumbre de reformar constantemente la legislación sobre Contratos del Sector Público.
Nuestros colaboradores
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Profesional encargado de prestar apoyo y asesoramiento jurídico en materia de contratación pública, gestión administrativa y cumplimiento normativo, así como de la revisión y elaboración de documentación legal vinculada a la actividad de la entidad. -
Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Murcia. Coordinador de iDerTec – Grupo de investigación Innovación, Derecho y Tecnología. -
Gerente de la Asociación Española de Empresarios de Servicios Deportivos a las Administraciones Públicas (AEESDAP) y Consultor independiente en materia de contratación pública y subvenciones. -
Directora General de Contratación Pública de la Generalitat de Catalunya -
Profesor Contratado Doctor. Director del Observatorio Internacional de la Regulación de las Entidades Públicas. Director del Servicio Outside Counsel. Secretario del Departamento de Derecho Público. Director del Master en Protección de Datos -
Secretario General del Ayuntamiento de Sabadell. -
Responsable del servicio de contratación pública de la Agencia Vasca del Agua (Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. Gobierno Vasco)


