Opinión
Las Comunidades Autónomas y las entidades locales tienen nuevas obligaciones de transparencia tanto activa como pasiva.
La jurisprudencia comunitaria nos muestra el requisito de la motivación en la adjudicación del contrato público, que define como formalidad sustancial y que renueva criterios que son remarcados y seguidos por la jurisprudencia interna.
La “Estrategia Europa 2020” considera que la contratación pública “desempeña un papel clave” para contribuir activamente a implementar las políticas de la Unión en materia social.
En esta opinión se recogen las principales conclusiones del trabajo “El recurso a las capacidades de otras entidades (o del intento de concretar el régimen jurídico de la integración de la solvencia mediante medios externos)”, publicado en GIMENO FELIU (dir.), Observatorio de los Contratos Públicos 2014, Aranzadi, 2015.
La inadmisibilidad es una forma normal de terminación del procedimiento de recurso sin entrar a conocer el fondo del asunto, admitida por la ley y por el Tribunal Constitucional, entendiendo que no supone vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
La Ley 21/2015 concreta, en su Exposición de Motivos, que la sujeción al TRLCSP lo será bajo la figura del “contrato especial, puesto que son contratos que deben estar sometidos a la legislación sectorial forestal”.
Antes de la transposición efectiva del cuarto paquete legislativo comunitario en materia de contratación pública, se plantean una serie de reflexiones y retos con el objetivo de abrir el debate.
El fraccionamiento indebido de los contratos utilizando la figura del contrato menor constituye un recurso habitual para evitar la aplicación de los principios básicos de la contratación pública. El contrato menor tiene por finalidad satisfacer de forma rápida aquellas necesidades de la administración pública de escasa cuantía -teóricamente- y duración temporal.
Nuestros colaboradores
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Abogado ejerciente. Doctorando de la Universidad de Salamanca con tesis en curso sobre los efectos de la morosidad en la contratación pública. -
Presidenta del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid -
Consejero del despacho de abogados Montero Aramburu -
Socio Director en Administrativando Abogados, boutique de referencia a nivel nacional en Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo. -
Asociada Senior del departamento de Derecho Administrativo en la oficina de Alicante de GARRIGUES -
Gobierto Contratos -
Profesor de Derecho Administrativo en la Universidad de Zaragoza


