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Obcp - Opinión

Opinión

30/04/2012

¿Qué significado tiene hoy en día la disposición contenida en el en el artículo 87.3 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que señala que, "concluido el acto de apertura de las proposiciones, se levantará acta que refleje fielmente lo sucedido"?

23/04/2012

La nueva Directiva crea un procedimiento de licitación con negociación que sustituye al procedimiento negociado.

16/04/2012

Las CCAA han ido creando, con una lentitud quizá marcada en parte por la actual coyuntura económica, sus respectivos Tribunales Administrativos de Recursos contractuales

09/04/2012

El nuevo Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 2011, continúa como sus predecesores conteniendo escasas previsiones sobre la colaboración público-privada institucional en el marco de una sociedad de economía mixta, que relega a una Disposición adicional, la décimo novena

26/03/2012

Titular estas líneas “el colapso de la contratación administrativa” puede resultar sensacionalista, pero para mí no deja de tener mucho sentido. Creo que actualmente la contratación administrativa es casi impracticable en términos de agilidad procedimental.

19/03/2012

Con fecha 19 de marzo de 2012, se publica en el Boletín Oficial de Aragón la Ley 3/2012, de 8 de marzo, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. La Ley incluye en el Titulo II dedicado a las medidas administrativas, distintas modificaciones legislativas, con el objetivo de dinamizar la actividad de determinados sectores económicos, simplificar trámites y suprimir cargas administrativas en los procedimientos y de abordar algunos aspectos organizativos. Dentro de estas medidas, se incluyen algunas relativas a la contratación pública por la importancia que esta despliega para particulares y empresas, para ello se incorporan en el articulo 33 varias modificaciones de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

12/03/2012

Tras los intentos, de escaso éxito, por parte del Real Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril y del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 julio, el pasado 25 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, en el que se prevé nuevamente un mecanismo para facilitar el pago a los proveedores por parte de las entidades locales (y organismos y entidades dependientes de ellas) y atajar así lo que se ha convertido ya en un mal endémico de nuestro sistema; dicho mecanismo se ha hecho extensible además a las Comunidades Autónomas, a través del acuerdo alcanzado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrado el pasado 6 de marzo de 2012.

05/03/2012

Al menos en el ámbito comunitario, la relación entre la normativa de contratación pública y el sistema de control de ayudas de Estado planteó desde los años 80 un intenso debate doctrinal acerca de su encaje y compatibilidad.

Nuestros colaboradores

  • Profesor ordinario de Derecho administrativo de la Universidad de Piura (Perú). Vocal del Tribunal del INDECOPI (Sala de eliminación de barreras burocráticas). Socio de la firma peruana Vignolo y Reyes Arrese (VRA Abogados)
  • Ruth Diaz Cartón
    Letrada en la Asesoría Jurídica de la Entidad Pública Empresarial Red.es. Dependiente del Ministerio de Economía.
  • Rafael Reñones Navarro
    Técnico Jurídico de Medio Ambiente y Servicios Públicos del Ayuntamiento De Alcobendas
  • José Luís Pérez Luján
    Jefe administrativo en oficina de Administración General.
  • Jefe de Servicio de Informática y Comunicaciones, Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias
  • Responsable del servicio de contratación pública de la Agencia Vasca del Agua (Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. Gobierno Vasco)
  • Director Jurídico de la Empresa Municipal de Aguas y Saneamiento de Murcia S.A. (EMUASA).