Opinión
Con ocasión de la enésima modificación de la Ley de contratos del sector público, efectuada por la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad, se ha incorporado una importante prescripción que viene a limitar las posibilidades de control de las modificaciones de los contratos públicos cuyo novedoso régimen introdujo no hace mucho la Ley 2/2011, de Economía sostenible.
La transposición al derecho español de las Directivas Comunitarias en materia de recursos ha sido un tema tradicionalmente espinoso. Ya la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas de 1995, que supuso la adecuación de nuestra legislación contractual al ordenamiento jurídico comunitario recogido en las entonces vigentes Directivas sobre contratos de obras, suministros y servicios, justificó en su exposición de motivos la no incorporación de las Directivas de Recursos por dos razones, la primera por entender que la materia de recursos era ajena a la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y la segunda por entender que nuestro ordenamiento jurídico se ajustaba ya al contenido de esas Directivas de Recursos en distintas normas procedimentales y procesales vigentes en aquel momento.
La Ley 30/2007, de Contratos del Sector público pretendía establecer una nueva regulación en los procedimientos de adjudicación así como en la ejecución y control que fuera compatible con el derecho comunitario y facilitara la gestión administrativa (y ello justifica y explica la nueva y diversa estructura de la LCSP). Un reto de gran significado dado el carácter estructurante, en palabras de M. CARLON, de la legislación de contratación pública, así como de la incidencia en el diseño y puesta en práctica de políticas públicas.
Nuestros colaboradores
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Profesor ordinario de Derecho administrativo de la Universidad de Piura (Perú). Vocal del Tribunal del INDECOPI (Sala de eliminación de barreras burocráticas). Socio de la firma peruana Vignolo y Reyes Arrese (VRA Abogados) -
Letrada en la Asesoría Jurídica de la Entidad Pública Empresarial Red.es. Dependiente del Ministerio de Economía. -
Técnico Jurídico de Medio Ambiente y Servicios Públicos del Ayuntamiento De Alcobendas -
Jefe administrativo en oficina de Administración General. -
Jefe de Servicio de Informática y Comunicaciones, Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias -
Responsable del servicio de contratación pública de la Agencia Vasca del Agua (Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. Gobierno Vasco) -
Director Jurídico de la Empresa Municipal de Aguas y Saneamiento de Murcia S.A. (EMUASA).


