Opinión
A lo largo del tiempo, el contrato público ha cambiado de función y de sentido. Lo que comenzó siendo un trámite para garantizar legalidad y transparencia ha evolucionado hacia una herramienta de gestión, de apertura al mercado y de impulso de políticas públicas. Comprender este recorrido ayuda a ver la contratación pública como algo más que un procedimiento, permitiendo reconocer su valor como instrumento para responder a las necesidades sociales y mejorar la acción del Estado.
La cuestión planteada, de particular interés práctico, adquiere especial relevancia en un contexto en el que se fomenta la apertura de los procedimientos de contratación a un mayor número de operadores económicos. En particular, se examina si una empresa no clasificada, pero debidamente inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), puede acreditar la clasificación exigida por los pliegos mediante la cesión formal de medios de una empresa clasificada.
Autores: Carlos Alberto Amoedo Souto (Universidade da Coruña) y Eduardo Melero Alonso (Universidad Autónoma de Madrid).
La Ley de Transparencia también comulga con la Ley de Contratación del Sector Público para permitir la igualdad de participación entre todas las empresas. Fruto de ello existe el mecanismo de colaboración basado en la Consulta Preliminar de Mercado. Incluso un Contratista no seleccionado puede tener conocimiento de que se ha iniciado una consulta preliminar de mercado y manifestar su interés de participación al órgano de contratación. Para el Contratista es una oportunidad de negocio y de colaboración. Para el Órgano de Contratación supone la tranquilidad de disponer de un asistente experto del servicio o producto a licitar.
La aceptación de los hechos consumados o el silencio ante la vulneración de los derechos humanos nos convertiría en cómplices de estos delitos. La contratación pública puede coadyuvar a fomentar su observancia y a reprimir a los transgresores.
Nuestros colaboradores
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Profesor ordinario de Derecho administrativo de la Universidad de Piura (Perú). Vocal del Tribunal del INDECOPI (Sala de eliminación de barreras burocráticas). Socio de la firma peruana Vignolo y Reyes Arrese (VRA Abogados) -
Letrada en la Asesoría Jurídica de la Entidad Pública Empresarial Red.es. Dependiente del Ministerio de Economía. -
Técnico Jurídico de Medio Ambiente y Servicios Públicos del Ayuntamiento De Alcobendas -
Jefe administrativo en oficina de Administración General. -
Jefe de Servicio de Informática y Comunicaciones, Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias -
Responsable del servicio de contratación pública de la Agencia Vasca del Agua (Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. Gobierno Vasco) -
Director Jurídico de la Empresa Municipal de Aguas y Saneamiento de Murcia S.A. (EMUASA).


