Opinión
La literalidad del artículo 194.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) reconoce que, en supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución en los que los pliegos prevean la aplicación de penalidades, existirán vasos comunicantes entre los importes de tales penalidades y las cantidades que, en su caso, resulten de los correspondientes daños y perjuicios ocasionados y deban ser indemnizadas por el contratista.
Al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, se han realizado múltiples reclamaciones de revisiones de precios. En estas una las cuestiones que se están debatiendo tanto en vía administrativa como judicial es la referente a cuándo se debe entender finalizado el contrato a efectos de la solicitud de la revisión de precios. En este artículo analizaremos las dos principales posturas existentes.
La especialización empresarial en la gestión de la Licitación electrónica en los Contratos del Sector Público, ha dejado de ser una opción, para convertirse en una pieza clave para el posicionamiento económico de la Empresa Privada dentro de su sector.
«La productividad no lo es todo, pero en el largo plazo lo es casi todo»
Paul Krugman, 1997
La primera premisa para la participación en la Contratación Pública es que la Empresa Licitadora (o, en ámbitos, el operador económico) se asegure del cumplimiento administrativo por el que podrá optar a presentarse a la Licitación electrónica en los Contratos del Sector Público.
Nuestros colaboradores
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Profesor ordinario de Derecho administrativo de la Universidad de Piura (Perú). Vocal del Tribunal del INDECOPI (Sala de eliminación de barreras burocráticas). Socio de la firma peruana Vignolo y Reyes Arrese (VRA Abogados) -
Letrada en la Asesoría Jurídica de la Entidad Pública Empresarial Red.es. Dependiente del Ministerio de Economía. -
Técnico Jurídico de Medio Ambiente y Servicios Públicos del Ayuntamiento De Alcobendas -
Jefe administrativo en oficina de Administración General. -
Jefe de Servicio de Informática y Comunicaciones, Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias -
Responsable del servicio de contratación pública de la Agencia Vasca del Agua (Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. Gobierno Vasco) -
Director Jurídico de la Empresa Municipal de Aguas y Saneamiento de Murcia S.A. (EMUASA).


